miércoles, 27 de abril de 2011

OBLIGACION DE DESIGNAR UN GERENTE GENERAL

En las Sociedades Anónimas, existe obligación de nombrar un Gerente General; esto al amparo del artículo 185 de la Ley General de Sociedades 26887, que a la letra dice:
Artículo 185.- Designación
La sociedad cuenta con uno o más gerentes designados por el directorio, salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general.
Cuando se designe un solo gerente éste será el gerente general y cuando se designe más de un gerente, debe indicarse en cuál o cuáles de ellos recae el título de gerente general. A falta de tal indicación se considera gerente general al designado en primer lugar.

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