viernes, 17 de junio de 2011

Correcciones de Errores en Depósitos de Detracciones

¿Cuáles son los Procedimientos para corregir errores en depósitos en cuentas de detracciones?


Autor: Ruth Vargas Zavala

 
El Régimen de Detracción en el ordenamiento nacional, consiste en el descuento que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio - afecto tributariamente -, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones. Una vez realizada la retención, éste deberá realizar el depósito respectivo en una cuenta corriente en el Banco de la Nación a nombre del vendedor o quien presta el servicio, el cual, por su parte, podrá utilizar los fondos depositados en su cuenta para efectuar el pago de sus obligaciones tributarias.

Si bien la SUNAT ha establecido las disposiciones de los distintos Regímenes de Detracciones de Impuestos en más de una Resolución de Superintendencia (R.S. Nº 183-2004/SUNAT, sobre Régimen General, R.S. Nº 266-2004/SUNAT, sobre Régimen aplicable al IVAP, R.S. Nº 73-2006/SUNAT, sobre Régimen aplicable al transporte de bienes y R.S. Nº 57-2007/SUNAT, sobre Régimen aplicable al transporte interprovincial de pasajeros), no logró precisar mecanismos adecuados que permitan corregir dichos errores.

Sin embargo, en un pronunciamiento posterior (a través de su página Web, de manera explícita), la SUNAT ha establecido una serie de pasos a seguir cuando el depósito de la detracción se encuentra errado, por las siguientes razones:

1.    Cuando la cuenta de detracciones del proveedor es correcta pero el depósito:


    - Se realiza por segunda vez (se ha duplicado)
    - Se realiza respecto a una operación no sujeta a detracción
    - Se ha hecho por el importe total de la operación
    - Es excesivo debido a un error de cálculo.

2.    Cuando la cuenta de detracciones donde se ha realizado el depósito es distinta a la del proveedor.
Al respecto, la acción a realizar consistiría en la presentación de una solicitud - de carácter no contencioso – que la SUNAT deberá resolver en el plazo perentorio de 30 días hábiles. A tal efecto, debe tenerse en cuenta lo siguiente:

I.    PARA SOLICITAR QUE SUNAT AUTORICE LA RESTITUCIÓN DE FONDOS CORRESPONDIENTE A DEPÓSITOS INDEBIDOS O EN EXCESO EFECTUADOS EN LA CUENTA DE DETRACCIÓN DEL PROVEEDOR

        Supuestos aplicables:

A.    Depósito duplicado.
B.    Depósito por una operación no sujeta a detracción.
C.    Depósito por el importe total de la operación.
D.    Depósito en exceso por error de cálculo.

PROCEDIMIENTO:


El depositante (proveedor o cliente) deberá ante la SUNAT lo siguiente:

1. Escrito firmado por el contribuyente, o su representante legal, señalando que se hizo un depósito indebido o en exceso, según el tipo de error señalado en el punto 1, en el que además debe precisarse lo siguiente:

a. El número de la cuenta de detracciones del beneficiario donde se  efectuó el depósito indebido o en exceso, y su nombre o razón social y RUC.

b. El banco y el número de la cuenta bancaria comercial donde se efectuará el abono por la restitución del depósito indebido o en exceso, así como el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) y el nombre o la razón social y el RUC de su titular.

c. El número de la constancia del depósito a través de la que se efectuó el depósito, el importe total depositado y acreditado en la constancia, o el importe indebido o en exceso que se ha efectuado.

2. Escrito firmado por el beneficiario de la cuenta, o su representante legal, y por los titulares cuyas firmas están registradas en el Banco de la Nación como autorizados a girar contra la cuenta de detracción, donde se indicará la existencia de un depósito indebido o en exceso, el monto del mismo y la autorización expresa para que icho importe sea debitado de su cuenta de detracciones.

3. Copia simple de la constancia de depósito.

4. Comprobante(s) de pago(s) correspondiente(s) a la operación por la que se efectuó el depósito de la detracción, según el caso.

5. Carta del banco comercial a la que pertenece la cuenta donde se abonará la restitución de fondos, indicando el CCI y el titular de dicha cuenta.

6.    Cualquier otra información que el solicitante considere necesaria para sustentar su solicitud.

II.    PARA CORREGIR LOS DEPÓSITOS POR CONCEPTO DE DETRACCIÓN EFECTUADOS EN UNA CUENTA QUE NO CORRESPONDE AL PROVEEDOR   
    Supuestos aplicables

    Cuando se realizó el depósito en una cuenta de detracción que no corresponde al proveedor.

    PROCEDIMIENTO:

    El depositante deberá presentar ante la SUNAT lo siguiente:

1.    Escrito firmado por el contribuyente, o su representante legal, señalando que se ha efectuado un depósito en forma errada y precisándose lo siguiente:
   
a.    El número de la cuenta de detracciones donde se efectuó el depósito con error y el nombre o razón social y RUC del beneficiario.

b.    El numero de la constancia del depósito con error, la fecha del depósito y el importe depositado.

c.    El numero de la cuenta de detracciones del proveedor donde se debió haber efectuado el depósito, así como su nombre o razón social y RUC.

2.    Original y copia SUNAT o fotocopia de la Constancia de Depósito mediante la que se efectuó el deposito en cuenta errada, y copia del comprobante de pago y/o guía de remisión de la transacción que origino la detracción.

3.    Escrito firmado por el beneficiario de la cuenta, o su representante legal, y por los titulares cuyas firmas están registradas en el Banco de la Nación como autorizados a girar contra la cuenta de detracción, donde acepta que el depósito fue realizado en su cuenta por error debido a que no efectuó la transacción que origina el deposito y la autorización expresa para que dicho importe sea transferido a la cuenta de detracciones del proveedor o prestador del servicio por el importe depositado indebidamente.

4.    Cualquier otra información que el solicitante considere necesaria para sustentar su solicitud. Asimismo, la SUNAT puede requerir información adicional a la presentada por el solicitante.

(Fuente: página Web SUNAT)

1 comentario:

  1. En cuanto a las correcciones del deposito de detraccion, tengo un caso, tengo un cliente que tiene dos empresas , el cual me a hecho un deposito de detraccion con una de sus empresas que no tengo relacion comercial, el pago y la detraccion lo ha hecho en efectivo, alguien sabe como puedo corregir esto, pues tengo que enviarle todos los documentos hechos para solucionar su error.

    Gracias.

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